José Antonio Martín Pallín (PÚBLICO)- ex fiscal y juez del Tribunal Supremo de España -, 8 de Noviembre de 2026

Con frecuencia he denunciado, en numerosos artículos y libros, la cadena, estadísticamente preocupante, de resoluciones judiciales que han abierto procesos penales y en muchos casos condenas contra representantes de la soberanía popular, políticos y personas que ostentan cargos institucionales en las esferas del poder. La lista es interminable y de todos conocida. No es el propósito de este artículo reincidir en los desafueros jurídicos cometidos en la totalidad de los casos sino resaltar el contenido agresivo y militante del lenguaje que se vierte en los textos de algunas resoluciones judiciales.
Las reglas de conducta de los jueces y magistrados y la Ley Orgánica del Poder Judicial les recuerdan que no pueden utilizar expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico. En los momentos actuales, el nivel de radicalización política de determinados sectores togados ha aumentado, a mi juicio, hasta extremos que nos permiten sostener, sin hipérbole alguna, que nos encontramos ante lo que, en términos políticos, podríamos definir como un golpe judicial. Ya no estamos únicamente ante decisiones aisladas que invaden competencias de otros poderes del Estado, sino ante una dinámica de presión y confrontación que pretende condicionar el funcionamiento de las instituciones, desgastar a quienes no comparten una determinada orientación ideológica y debilitar la soberanía popular expresada en las urnas.
Las descalificaciones procedentes de personas que ejercen la función judicial contra el que consideran como un Gobierno ilegítimo se producen en cascada, no solo en resoluciones judiciales sino también fuera de ellas en las proximidades de los palacios y ciudades de la Justicia. La mayoría de las asociaciones judiciales han emitido comunicados de apoyo a los desmanes judiciales y se han sumado a las descalificaciones de algunas decisiones de los otros dos poderes del Estado. Individualmente algunos de sus miembros utilizan las redes sociales de forma inadecuada para los que ostentan tan alta responsabilidad, despojándose de su dignidad y cordura para enfangarse en las pocilgas de la zafiedad y el insulto contra el presidente del Gobierno y su entorno. Asombrosamente, el Consejo General del Poder Judicial ha permanecido impasible ante conductas tan indecorosas que han justificado con el derecho a la libertad de expresión.
La palma de la confrontación con el Poder Ejecutivo la ostenta, sin duda, el juez Peinado por la reiteración de conductas injustificables a la luz de los principios que deben regir el ejercicio de la función judicial. Decide entrar en la sede de la Presidencia del Gobierno para montar el espectáculo sin justificación racional alguna. En la segunda oportunidad conmina a los servicios de Presidencia a que le den acceso por la puerta habilitada para los ministros y que pongan a su disposición un coche oficial porque en la anterior ocasión le solicitaron la identificación con grave desprestigio de su autoridad. El nivel de arrogancia resulta patológico cuando, para interrogar al ministro de Presidencia y de Justicia, solicita que se le coloque una tarima como símbolo de su supremacía. La referencia, en una resolución, a Fernando VII para unirse al coro de dementes que sostienen, sin rubor, que vivimos en una dictadura, merece ser calificada como una extravagancia cum laude.
Existen otros casos en los que la gravedad de la confrontación pone en riesgo la estabilidad del Estado de derecho. Destaca el posicionamiento de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en relación con los indultos concedidos a los independentistas catalanes condenados por la Sala Segunda del mismo tribunal. Admitieron insólitamente la legitimación de los querulantes de guardia (Manos Limpias) para impugnar el indulto. Como es lógico, compartieron sus alegaciones, pero no dejaron de insinuar que el Gobierno había concedido el indulto para conseguir su permanencia en el poder «comprando» el voto de los independentistas catalanes. Sin duda, se trata de una imputación gravísima e inaceptable en un órgano jurisdiccional que se supone imparcial y respetuoso con la división de poderes.
Para no perdernos en la abundante bibliografía judicial, dos ejemplos del presente. Con motivo de la judicialización de la coloquialmente conocida como ley de nietos, la Sala Tercera del Tribunal Supremo, una vez más, ha concedido la legitimación a dos partidos políticos, Vox e Iustitia Europa, que alegaron que se había vulnerado su derecho al sufragio activo (voto), del que evidentemente carecen al ser personas jurídicas. Solicitan privar del derecho de voto a los españoles nacionalizados según la disposición transitoria octava de la Ley de Memoria Democrática, eliminándoles del censo electoral de residentes ausentes (CERA). En el curso de una tortuosa tramitación se han dirigido dos oficios a los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Justicia en un tono conminativo impropio de la cortesía y respeto institucional debido a otro poder del Estado. El Supremo acordó requerir, por medio del abogado del Estado, a los señores ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que remitan a esta Sala, a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral la relación nominal de las 163.020 personas afectadas por la aplicación de la Disposición Adicional 8ª.1.1 de la LMD, «con expreso apercibimiento» a los precitados de que si no remiten la información solicitada en el plazo perentorio de cinco días, se les impondrá una multa e incluso podrían incurrir en responsabilidades penales.
Por su parte, la jueza de la Audiencia Nacional María Tardón ha iniciado una investigación penal por los delitos contra la paz y la independencia del Estado y la forma de Gobierno. No hay que ser un malpensado para deducir que se dirige contra el presidente del Gobierno y algunos ministros por omitir las medidas necesarias para impedir la invasión de Ceuta por 85.000 personas, según ella misma contabiliza. Quiere conocer las políticas de los Gobiernos de España y Marruecos en relación con los flujos migratorios e informaciones que afectan a la seguridad nacional, cuestiones que no competen a las autoridades judiciales. Desliza, con matizaciones, que la política de regularización de emigrantes puede ser un «factor concurrente de carácter secundario» que fomentó la invasión masiva. No se trata de una investigación judicial sino de una enmienda a la totalidad de la política interior y exterior del Gobierno.
El constitucionalista francés Édouard Lambert (El Gobierno de los jueces) advierte de que muchas veces los jueces se olvidan del caso concreto que tienen entre manos y tratan de elevarse sobre el mismo para poner en cuestión decisiones que emanan de la política y que corresponden a otros poderes del Estado.
Algunos sectores de la judicatura se han arrogado, con el aplauso generalizado de los sectores más reaccionarios, la sagrada misión de mantener la integridad de la patria y de contribuir al desgaste de un Gobierno que consideran ilegítimo, aun a costa de colocarse por encima de las competencias reservadas a otros poderes del Estado.
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