Rocío Cruz (PÚBLICO), 17 de Septiembre de 2026
- La norma aprobada este miércoles en el Congreso fija por ley la financiación estatal de la dependencia, lo que evita potenciales recortes salvo que se reforme de nuevo la norma.
- Además, elimina incompatibilidades entre prestaciones, la asistencia personal se amplía a fuera del domicilio y mejora la situación de las cuidadoras.

El Congreso dio luz verde definitiva este miércoles a la reforma de las leyes de dependencia y discapacidad. ¿Qué significa? En la teoría, más derechos, más apoyos para la autonomía y menos burocracia. En la práctica, cambios concretos en la forma de acceder a los cuidados, las ayudas y los recursos que necesitan miles de personas y sus familias. «La reforma está llamada a transformar cómo funciona nuestro Estado del bienestar para que la dependencia sea un derecho de ciudadanía«, indican a Público fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
El objetivo, según fuentes del departamento que dirige Pablo Bustinduy, es cambiar el modelo de atención: «Supone transitar de un sistema de la dependencia marcado por la precariedad, por la infrafinanciación y por un modelo centrado en la construcción de grandes centros residenciales hacia un modelo de derechos de ciudadanía». La intención es que las personas puedan contar con los apoyos necesarios para «envejecer en sus domicilios en condiciones de autonomía y con el mayor bienestar posible».
La reforma queda blindada por ley
Uno de los cambios de mayor calado de la reforma es que la financiación estatal de la dependencia queda fijada por ley. El nuevo artículo 32 establece que la Administración General del Estado deberá aportar, como mínimo, el 50% del gasto total certificado por las comunidades autónomas en el ejercicio anterior, sin contabilizar las cantidades que abonan las personas beneficiarias. «Hemos decidido blindar esa contribución para que en el futuro ningún gobierno, sea del signo político que sea, pueda reducir la inversión del Estado en Dependencia», recalcan a este medio las fuentes de Derechos Sociales. Obviamente, cualquier gobierno que tenga la mayoría suficiente podrá reformar de nuevo la ley y cambiar el modelo de financiación. Pero es cierto que ese blindaje no existía hasta ahora.
Foto: El trabajador y poco valorado ministro Pablo Bustunduy que ha impulsado esta reforma, pendiente desde hace 20 años
«Hemos decidido blindar la ley para que en el futuro ningún gobierno pueda reducir la inversión en dependencia», dicen en Derechos Sociales
Hasta ahora, la Ley de Dependencia ya contemplaba un modelo de financiación compartida entre el Estado y las comunidades, pero la aportación efectiva de la Administración General del Estado se había situado por debajo de ese reparto del 50%. La reforma establece ese porcentaje como suelo mínimo de financiación estatal, con el objetivo de «reforzar la corresponsabilidad entre administraciones y facilitar que los derechos y servicios del sistema se desplieguen de forma homogénea en todo el territorio». Por ejemplo, si las comunidades certifican 10.000 millones de euros de gasto en Dependencia en un ejercicio, el Estado deberá aportar al menos 5.000 millones, al margen de los copagos de las personas usuarias.
La cantidad concreta no será, por tanto, idéntica cada año, ya que dependerá del gasto certificado por las comunidades en el ejercicio precedente. La norma introduce también una salvaguarda para evitar que la ampliación de derechos quede desligada de los recursos necesarios para hacerlos efectivos: cualquier modificación del catálogo de prestaciones y servicios deberá ir acompañada de una memoria económica y su financiación deberá abordarse en el marco del Consejo de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
Reformas sociales
Desde Derechos Sociales destacan que la reforma va acompañada de una inversión «de más de 6.200 millones de euros«. La meta, argumentan, es que ese refuerzo económico tenga un impacto directo en la vida de las personas: «Todo este esfuerzo se tiene que traducir en menos burocracia, menos tiempo de espera, mejores prestaciones, más derechos y mejores condiciones laborales en el sector».
La reforma se incorpora así a otras reformas sociales aprobadas en los últimos años, como la Ley de Eutanasia de 2021, que reconoció el derecho a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir bajo los supuestos y garantías establecidos legalmente; la Ley ELA de 2024, que introdujo medidas específicas para mejorar la atención y la calidad de vida de las personas con ELA y otras enfermedades o procesos irreversibles de alta complejidad; y la regularización extraordinaria de personas migrantes, aprobada en abril de este año, dirigida a quienes cumplan determinados requisitos y cuyo objetivo es facilitar su acceso a una situación administrativa regular.
Nuevos derechos
Con esta nueva normativa se amplían derechos y prestaciones y se apuesta por un modelo de cuidados más centrado en la autonomía y la permanencia en el entorno habitual que en la atención residencial. En el ámbito de la dependencia, estas son algunas de las principales medidas que se incorporan:
- Eliminación del régimen de incompatibilidades
La reforma permite combinar distintas prestaciones y servicios de dependencia, eliminando incompatibilidades que hasta ahora podían limitar los apoyos disponibles para una misma persona. El Programa Individual de Atención (PIA), que elaboran los servicios sociales de las comunidades autónomas, podrá incluir diferentes recursos del catálogo en función de las necesidades de cada usuario. Así, una persona que pueda continuar viviendo en su domicilio podrá, por ejemplo, acudir a un centro de día y recibir al mismo tiempo cuidados en el entorno familiar o disponer de teleasistencia.
- La asistencia personal se amplía y regula como servicio
La asistencia personal deja de estar vinculada únicamente a los ámbitos educativo y laboral, aunque reconoce la importancia de ambos. «El objetivo es que este recurso sirva para reforzar la autonomía, la vida independiente y la inclusión en la comunidad de las personas en situación de dependencia». Además, se incorpora al catálogo de servicios del Sistema de Dependencia. Las comunidades autónomas deberán garantizar su provisión mediante servicios públicos directos.
- Ampliación del servicio a domicilio
Hasta ahora, esta prestación estaba fundamentalmente vinculada a la atención dentro del hogar. Con el nuevo marco, también podrá cubrir acompañamientos para realizar actividades básicas de la vida diaria fuera de casa. De este modo, la persona que presta el servicio podrá acompañar a la persona dependiente, por ejemplo, a hacer la compra, acudir al médico o realizar otros desplazamientos necesarios para su vida cotidiana.
- Ampliación del concepto de personas cuidadoras
Se reconoce por primera vez la figura de la persona cuidadora principal y la complementa con la de cuidadora no profesional. Además, se amplía el concepto de quién puede prestar estos cuidados para adaptarlo. A partir de ahora, no será necesario tener un vínculo familiar formalmente reconocido para poder cuidar a una persona en situación de dependencia. La norma contempla, por ejemplo, a dos personas mayores que mantienen una relación de pareja sin estar casadas o a personas que comparten vivienda y mantienen un vínculo estrecho aunque no tengan parentesco.
- Teleasistencia como derecho subjetivo
La reforma convierte la teleasistencia en un derecho subjetivo para todas las personas que tengan reconocida una situación de dependencia. El servicio tendrá carácter complementario de otras prestaciones y podrá llegar a personas que hasta ahora quedaban fuera, como quienes tienen demencia. El seguimiento podrá apoyarse en distintos dispositivos tecnológicos, como pulseras geolocalizables, que permiten conocer el estado o la situación de la persona usuaria.
- Cotizaciones y sustituciones de las cuidadoras
Esta medida es especialmente relevante en un ámbito en el que la mayoría de quienes realizan estos cuidados son mujeres. «El objetivo es reconocer y proteger la labor de quienes sostienen buena parte de la atención a las personas en situación de dependencia», sostienen desde Derechos Sociales. La norma garantiza la continuidad de los cuidados cuando la persona cuidadora enferme gravemente o tenga que ser hospitalizada. De esta forma, la atención no quedará interrumpida ante una situación sobrevenida que impida temporalmente a la cuidadora seguir prestando apoyo.
- Reducción del plazo de resolución
La reforma reduce de seis a tres meses el plazo máximo para resolver el reconocimiento de la situación de dependencia. «El fin es acortar los tiempos de espera y agilizar el acceso a las prestaciones y servicios que corresponden a las personas dependientes».
En el caso de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, la reforma desarrolla el mandato del artículo 49 de la Constitución. El nuevo marco sitúa en el centro la inclusión, la accesibilidad universal, la vida independiente y la autonomía personal. Estas son algunas de las principales novedades que incorpora la reforma:
- Reconocimientos automáticos de discapacidad
La reforma agiliza también el reconocimiento del grado de discapacidad para las personas que ya tienen reconocida una situación de dependencia. A partir de ahora, quienes tengan grado I de dependencia obtendrán automáticamente un 33% de discapacidad, mientras que a las personas con grado II o III se les podrá reconocer un 65%.
- Accesibilidad universal como derecho
Las personas con discapacidad podrán reclamar que los servicios y los espacios públicos sean accesibles. Se creará un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal que financiará las actuaciones necesarias para adaptar los entornos. Entre ellas se incluyen, por ejemplo, la instalación de rampas para sillas de ruedas o la incorporación de audiodescripciones, entre otras medidas.
- Obras de accesibilidad en viviendas
La reforma modifica la Ley de Propiedad Horizontal. Las administraciones públicas deberán contribuir económicamente a financiar las obras y las comunidades de propietarios estarán obligadas a solicitar estas ayudas cuando una persona residente lo pida. Además, se facilitan las condiciones para acceder a estas subvenciones: el porcentaje de la obra que debe asumir la comunidad de propietarios se reduce del 75% al 70%, lo que rebaja el coste que deben afrontar los vecinos.
- Atención temprana como derecho subjetivo
La norma fija por ley la atención temprana como un derecho subjetivo para todos los niños y niñas de 0 a 6 años que presenten trastornos del desarrollo o tengan riesgo de desarrollarlos. Esto significa que las comunidades autónomas deberán garantizarles el acceso a los tratamientos y apoyos que necesiten. En la práctica, las familias podrán exigir a su administración autonómica que proporcione esta atención, sin que el acceso dependa de la disponibilidad presupuestaria o de que haya plazas libres.
- Se prohíbe la discriminación en los seguros
Se prohíbe que las compañías de seguros encarezcan determinados seguros de hogar o de salud por el hecho de que la persona contratante tenga una discapacidad. La norma considera esta práctica discriminatoria y establece que no podrá utilizarse la discapacidad como motivo para imponer un precio más elevado. En la práctica, las personas con discapacidad podrán contratar estos seguros sin asumir un sobrecoste por su condición.
- Asistencia en procesos judiciales
La reforma regula la figura del facilitador procesal, cuya función será evitar situaciones de indefensión de las personas con dificultades para comprender o participar en un procedimiento judicial. Esta figura actuará como puente entre la persona y los distintos operadores jurídicos, «facilitando la comunicación y asegurando que pueda entender el proceso y ejercer sus derechos en igualdad de condiciones».
Refuerzo de la financiación
Otro de los grandes cambios que acompañan a la reforma es el refuerzo de la financiación de la Dependencia. El Gobierno destinará 2.218 millones de euros adicionales este año, elevando la aportación estatal al SAAD hasta los 5.513 millones y los 7.239 millones en 2027. Esta última cifra multiplica por 5,8 la media anual que el Gobierno de Mariano Rajoy destinó al sistema entre 2012 y 2018: 1.240,8 millones de euros al año, según los datos de Derechos Sociales.
La cartera de Bustinduy explica que la ampliación permitirá que el año que viene la aportación del Estado alcance el 50% del gasto total en Dependencia, mientras que el otro 50% corresponde a las comunidades autónomas, que tienen las competencias en esta materia. Según detalló Público, la financiación estatal pasó de 1.590 millones en 2011 a 1.228 millones en 2017, tras varios años de recortes. Para José Manuel Ramírez, presidente de la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales (AEDYGSS), el incremento supone pasar «de la retórica a los hechos» y recuperar financiación pendiente. Ramírez reclama que los nuevos recursos se destinen prioritariamente a las 265.000 personas que permanecen en las listas de espera, «además de aumentar las intensidades de la ayuda a domicilio y las cuantías de las prestaciones económicas para las cuidadoras».


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